Seguros para
el alquiler de viviendas.
El
análisis de las causas que colapsaron el
mercado de viviendas en alquiler, y la
necesidad de instrumentar programas que
tiendan a reactivarlo, podrían
configurar una nueva legislación que
garantice los derechos de propietarios e
inquilinos y reduzca la emergencia
habitacional. El marco más apropiado
sigue siendo la Ley de Arrendamientos
Inmobiliarios (LAI), porque concentra
los aspectos que inciden en la relación
arrendador-arrendatario, y porque
actualmente es objeto de revisión.
Lamentablemente, la reforma planteada se
orienta básicamente hacia esa conexión,
por el camino de atacar las
consecuencias del problema y no las
causas que lo generan. Así, podemos
pasar la vida entera sumergidos en la
resolución de conflictos si no se
adoptan los correctivos para evitarlos,
que es lo más sano e inteligente.
A la luz del derecho
comparado y de las vías adoptadas por
otros países para fomentar el alquiler
de viviendas es posible estabilizar un
piso que contribuya a dar tranquilidad
a inquilinos y propietarios, que motive
a estos últimos a colocar sus inmuebles
en el mercado de alquiler, hoy en
proceso de desaparición por los
controles y la inseguridad jurídica que
padece el sector. El accionar correcto,
es el de prestigiar el Estado de
Derecho, la seguridad jurídica que
elimine las discordias presentes en la
relación inquilinaria, que conducen al
desalojo, en el caso de inquilinos; el
deterioro y hasta la pérdida del
inmueble del propietario.
Se trata de armonizar
las fuerzas del mercado, con reglas
claras que aseguren los derechos de unos
y otros, a través de la conjunción de
esfuerzos entre el Estado y el sector
privado. Es la ecuación perfecta para
reactivar este segmento inmobiliario,
aumentar el parque de viviendas en
alquiler, y crear los niveles de
competitividad que conducirán a la
reducción de los cánones de
arrendamiento.
España y su gobierno
socialista resultan ser la referencia
obligada a la hora de revisar a nivel
mundial los avances en los programas de
acceso a la vivienda, o a la seguridad
social, donde definitivamente son
líderes, porque en sus ejecutorias
honran el Estado de Bienestar con
beneficios para todos y la participación
de los empresarios. Aunque en España y
en Venezuela hay preferencias en más de
un 80% por la vivienda propia, existe un
mercado natural que demanda inmuebles en
arrendamiento como opción-puente en la
vía a la adquisición de una propiedad, o
porque simplemente cubren las
expectativas de estratos muy
particulares.
Frente a un escenario
que limitó el alquiler, España accionó
programas con incentivos dirigidos a los
propietarios e inquilinos, para sacar al
mercado de arrendamiento unos 3 millones
de viviendas vacías. Entre las medidas
destaca la contratación de seguros de
alquiler, póliza que organismos públicos
y compañías de seguros ofrecen. En el
ámbito privado lo contrata el
propietario de la vivienda para
enfrentar riesgos. La cuota anual a
pagar equivale al 60% de la renta
mensual, e incluye servicios desde la
selección del inquilino, la cancelación
de rentas adeudadas, cubre daños
provocados al inmueble y apoyo jurídico
durante los procesos de desalojos.
El gobierno, por su
parte, ha creado agencias municipales de
alquiler para canalizar la oferta de
alquileres y, a la vez, ofrecer a sus
propietarios un seguro que cubra
posibles impagos. Las cuotas de alquiler
son inferiores a las del mercado libre
pero, a cambio, el propietario tiene la
seguridad de que no sufrirá impagos. Se
formalizan dos contratos: uno, entre el
propietario del inmueble y el organismo
público; otro, entre el inquilino y la
institución pública. No se firma
contrato entre el propietario y el
arrendatario, porque la empresa pública
se compromete al pago puntual de la
renta mensual, y con la conservación de
la vivienda.
El estímulo del
Gobierno español a los propietarios se
resume así: reducción de impuestos si el
inquilino es menor de 35 años; 210 euros
mensuales, más fianza y aval; respaldo
judicial; subsidio que genera al
propietario ahorros del 70% en la
contratación de los seguros de la
vivienda (multirriesgos) por parte de la
Sociedad Pública de Alquiler (SPA);
subvención de hasta 6.000 euros por la
colocación de inmuebles en el mercado de
alquileres por un mínimo de 5 años, y
póliza de impago y asistencia jurídica
ofrecida por la SPA, que tiene una
cobertura de 18 meses. El pago al
propietario se realiza en el primer mes
de la denuncia por morosidad. También
hay incentivos dirigidos a los
promotores de viviendas nuevas
destinadas al alquiler; así como a la
rehabilitación de viviendas.
Respecto al estímulo
a los inquilinos, está dirigido
preferentemente al público joven, menor
de 35 años. La ayuda se caracteriza por
no exceder el 40% de la renta anual, y
que no sobrepase los 2.880 euros, y la
duración máxima es de dos años. Además
se facilita el uso de las viviendas que
forman parte de las agencias municipales
de alquiler a familias que no disponen
de la capacidad económica para acceder a
una vivienda de arrendamiento en el
mercado libre.
México está abogando
por la modernización de las normas para
convertir al arrendamiento en un proceso
más sencillo. Existe allí la figura de
las fianzas para sellar la transacción,
cuya tramitación exige la comprobación
de ingresos, estabilidad laboral, su
declaración de impuestos en caso de
trabajar por su cuenta y el respaldo de
un aval propietario de un inmueble libre
de gravámenes. Si no tuviera aval,
entonces el inquilino tiene que dejar en
depósito el monto de cobertura de la
fianza, equivalente a la renta de un
año, práctica extrema utilizada en
muchos países para prevenir sobresaltos,
pero que desmoraliza al inquilino.
El gobierno de
Estados Unidos tiene un programa de
ayudas para complementar el pago del
alquiler dirigido a personas de la
tercera edad y discapacitados.
Y Chile continúa
apostando al "Leasing" habitacional.
Este sistema tiene impacto positivo en
el mercado de viviendas secundario,
constituido por cerca de 3 millones de
unidades que representan el 97% del
total de viviendas, considerando la
construcción de 100.000 viviendas al
año. También ejerce influencia en el
mercado de alquiler de viviendas de
precios medios y bajos. Induce a que
bajen los precios, de forma que este
mercado puede continuar captando una
parte de la demanda de vivienda. Es un
sistema comprometido con las familias
interesadas en adquirir una vivienda, a
través del alquiler con la promesa de
compraventa. Por este sistema, el Estado
concede una subvención que se paga
periódica y fraccionadamente.
De manera que existe
un abanico de posibilidades para
reanimar el mercado del alquiler en
Venezuela. Hay que pensar en las
familias desesperanzadas que no tienen
donde vivir y actuar con la celeridad
que las circunstancias exigen.
gerardohd@ceinpro.org
Gerardo
Hernández Dávila